Agricultora en huerta

Ayudas de incorporación y planes de mejora

  • Plazo de solicitud: 26/06/2025 a 28/07/2025.
  • Convoca: Consellería do Medio Rural.
  • Plazo de solicitud: 26/06/2025 a 28/07/2025.
  • Convoca: Consellería do Medio Rural.
  • Bases y convocatoriaORDEN de 11 de junio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las personas agricultoras jóvenes, en el marco del Plan estratégico de la política agraria común de España 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el año 2025 (códigos de procedimiento MR404A y MR405F). Y ORDEN de 11 de junio 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la modernización y mejora de las explotaciones agrarias de las personas agricultoras jóvenes, en el marco del Plan estratégico de la política agraria común de España 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR405H).

ESTABLECIMIENTO DE AGRICULTORES JÓVENES (MR404A):

  • Ayuda de 30.000 €, pero incrementables hasta 70.000 €, en función: sexo, localización de la explotación, explotaciones en agricultora ecológica y titularidad compartida.
  • Tener de 18 a 40 años, ambos incluidos.
  • Cumplir con las condiciones necesarias para ser jefe de explotación por primera vez o haberla cumplido en los 12 meses anteriores a la solicitud de la ayuda.
  • Cumplir la condición de agricultor profesional dentro de los 18 meses siguientes a la fecha de establecimiento.
  • La explotación debe generar una renta unitaria ≥ 35% de la renta de referencia.
  • Obtener la capacitación profesional suficiente en un máximo de 36 meses.
  • Presentar un plan empresarial con el que se demuestre la viabilidad económica.
  • Mantener la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final.
  • No tener concedida una ayuda por primera instalación.

MODERNIZACIÓN/ MEJORA DE EXPLOTACIONES (MR405F):

  • 30% de los costes subvencionables, hasta 65% con incrementos (por ser mujer, agricultura ecológica, zona de montaña, titularidad compartida)
  • Máximo: 250.000 € por beneficiario o 75.000 €/UTA
  • Ser una persona joven que solicita simultáneamente la ayuda al establecimiento de personas agricultoras jóvenes convocadas en estas bases reguladoras.
  • Tener por lo menos 18 años, en el caso de personas físicas.
  • Tener capacitación profesional
  • Que su actividad principal sea la agraria.
  • Ejercer la actividad agraria en la explotación, así como mantener las inversiones cofinanciadas durante 5 años, desde el pago final al beneficiario o 3 años en el caso de mantenimiento de inversiones o de puestos de trabajo creados por pymes.
  • La explotación debe generar una renta unitaria ≥ 35% de la renta de referencia.
  • No tener ningún expediente de la ayuda de la submedida 4.1 Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas del PDR de Galicia 2014-2020, sin presentar su solicitud de pago en la fecha de publicación de esta orden.
  • No tener concedida una ayuda por la misma subintervención.

MODERNIZACIÓN/ MEJORA DE EXPLOTACIONES – AGRICULTORES JÓVENES DE 2024 (MR405H):

  • 40% de los costes subvencionables, hasta 65% con incrementos (por ser mujer, agricultura ecológica, zona de montaña, titularidad compartida)
  • Máximo: 250.000  por beneficiario o 75.000 €/UTA
  • Ser una persona joven con una ayuda MR404A aprobada en 2024, teniendo denegada la ayuda MR405F de 2024. O siendo agricultor ya incorporado a la actividad agraria, que quiera solicitar la ayuda para mejora de la explotación.
  • Tener por lo menos 18 años, en el caso de personas físicas.
  • Tener capacitación profesional
  • Que su actividad principal sea la agraria.
  • Ejercer la actividad agraria en la explotación, así como mantener las inversiones cofinanciadas durante 5 años, desde el pago final al beneficiario o 3 años en el caso de mantenimiento de inversiones o de puestos de trabajo creados por pymes.
  • La explotación debe generar una renta unitaria ≥ 35% de la renta de referencia.
  • No tener ningún expediente de la ayuda de la submedida 4.1 Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas del PDR de Galicia 2014-2020, sin presentar su solicitud de pago en la fecha de publicación de esta orden.
  • No tener concedida una ayuda por la misma subintervención.

Asimismo, las personas beneficiarias deberán disponer de una contabilidad específica Feader.

Costes subvencionables

  • Construcción y reforma de instalaciones
  • Compra de maquinaria agrícola
  • Mejora de cultivos leñosos
  • Inversiones tecnológicas y ambientales
  • Compra de tierras (máx. 10% del total subvencionable)

Inversiones subvencionables:

Desde el 1 de enero de 2023, siempre que no se hayan ejecutado en su totalidad.

Justificación y pagos:

Hasta 24 meses desde la concesión (con plazos intermedios en función del año de ejecución).

Límites y exclusiones:

  • Inversiones mínimas: 15.000 € (para MR405F)
  • No se admiten inversiones de segunda mano, animales, derechos de pago, ni sustituciones simples no justificadas.

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