Ayudas para la atracción de empresas a Galicia

CONVOCATORIA: IG408H (IG297) – Ayudas para la atracción de empresas a Galicia (fondos Galicia Feder 2021-2027) (Instituto Galego de Promoción Económica, Xunta de Galicia)

  • La concesión será por concurrencia no competitiva.

  • Objeto: estimular la puesta en marcha de grandes proyectos de inversión empresarial en Galicia, con la finalidad principal de potenciar la actividad económica en la comunidad autónoma y el mantenimiento y creación de empleo, así como atraer nuevas iniciativas empresariales a Galicia, por crecimiento o traslado, sin renunciar al crecimiento y mejora de las empresas existentes ni a la creación y puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales.

  • Plazo de presentación: finalizará a las 14.00 horas de 30 de septiembre de 2024, excepto que antes de esa fecha se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

  • Plazo máximo de resolución: tres meses desde la fecha de presentación de solicitud de la ayuda.

  • Beneficiarios: pequeñas y medianas empresas.

  • Modalidades:

    • I.1. Proyectos de inversión empresarial con una inversión subvencionable entre 800.000 € y 10.000.000 €.

    • I.2. Proyectos de inversión igual o superior a 100.000 €, con una creación de empleo de 25 o más puestos de trabajo de carácter indefinido a tiempo completo.

  • Tipologías de los Proyectos de Inversión

    1. Creación de un nuevo establecimiento

    2. Ampliación de capacidad de un establecimiento existente.

    3. Diversificación de la producción de un establecimiento existente en productos que anteriormente no se producían en el mismo. la inversión subvencionable deberá superar el 200 % del valor neto contable de los activos que se reutilizan.

    4. Cambio fundamental en el proceso global de producción del producto o productos afectados por la inversión en el establecimiento.

NOTA: En la modalidad I.2 de proyectos de inversión igual o superior a 100.000 € con una creación de empleo de 25 o más puestos de trabajo, solo serán admisibles las tipologías de proyecto 1 y 2.

  • Inversiones Subvencionables

    • Inversiones en activos fijos, materiales o inmateriales, o alternativamente los costes salariales del empleo a crear, vinculados al proyecto para el cual se solicita la ayuda.

    • Los activos deben ser nuevos, excepto para la adquisición de construcciones o inmuebles, así como activos de un establecimiento cerrado o próximo a cerrar. Creación de un primer establecimiento.

    • Los bienes deberán ser adquiridos en propiedad, admitiéndose el alquiler de inmuebles

    • Los bienes objeto de inversión deberán ser adquiridos a terceros. Los proveedores no podrán estar asociados ni vinculados con la entidad solicitante o con sus órganos directivos o gestores de proyecto 1 y 2.

  • Gastos Subvencionables

    • Obra civil y otros conceptos inmobiliarios

    • Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, utillaje (incluidos los moldes, plantillas y troqueles), equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipo.

    • Otras inversiones en activos fijos: mobiliario, equipos para procesos de información y envases o embalajes que, por sus características, deban considerarse como inmovilizado.

    • Aplicaciones informáticas directamente vinculadas con el proceso productivo que cumplan ciertas condiciones.

  • Cuantía de la ayuda

    • 35 % en el caso de las pequeñas empresas.

    • 25 % en el caso de medianas empresas

En los sectores industriales del carbón, acero y ferroaleaciones y en el sector del transporte e infraestructuras conexas:

      • 20% en el caso de las pequeñas empresas.

      • 10 % en el caso de medianas empresas

  • Justificación (cobro anualidades)

    • 2024: hasta 30/11/2024

    • 2025: 01/12/2024 a 30/09/2025

    • 2026: 01/10/2025 a 30/06/2026

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